13 Feb

Memoria anual de residuos peligrosos ¿En qué Comunidades Autónomas es obligatorio?

La elaboración y envío de la Memoria Anual de Residuos representa una obligación informativa crucial para los productores de residuos peligrosos dependiendo de su Comunidad Autónoma. Según lo estipulado en el artículo 65 de la Ley 7/2022, antes del 1 de marzo del año siguiente a la recopilación de datos, tanto las personas físicas como jurídicas involucradas en la recogida y tratamiento profesional de residuos, así como los productores de residuos peligrosos, deben remitir un resumen de la información contenida en el archivo cronológico. Esto aplica a cada instalación operativa, desglosando los datos por cada operación de tratamiento autorizada. La memoria debe contener, al menos, la información especificada en el anexo XV correspondiente a la comunidad autónoma en la que se encuentra la instalación. En el caso de residuos de competencia local, también se debe enviar la memoria a las entidades locales.

Sin embargo, es importante destacar que, de acuerdo con el Acuerdo de la Comisión de Coordinación en materia de residuos en relación con la obligación de remitir la memoria anual, establecida en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, aquellas comunidades autónomas que utilicen el procedimiento del Ministerio y tengan la totalidad de sus traslados registrados en el repositorio de traslados nacionales de e-SIR quedan exentas de la presentación de la memoria anual de residuos peligrosos.

En el caso de Comunidad Valenciana:

Con el objetivo de establecer un criterio respecto a la presentación de las memorias de productores de residuos peligrosos, en mayo de 2023 se publica el Acuerdo de la Comisión de Coordinación en materia de residuos relativo a la obligación de remisión de memoria anual de los productores de residuos peligrosos establecida en la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En este acuerdo se indica que se considerará cumplido el artículo 65.1 de la Ley 7/2022, para los productores de residuos peligrosos, cuando las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde se encuentren los centros productores dispongan de la información relativa a la generación de residuos.

En la Comunitat Valenciana, la documentación relativa a los traslados de residuos peligrosos se presenta utilizando la plataforma de tramitación ADCR 3.0 (traslados dentro de la Comunitat Valenciana) y e-SIR (traslados con otras comunidades autónomas). Estos documentos, notificaciones previas de traslado y documentos de identificación, son presentados por los operadores del traslado con la información facilitada por los productores y gestores de residuos.

La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, a través de estas dos plataformas, dispone de la información de producción de residuos peligrosos de esta Comunidad. Por tanto, los productores de residuos peligrosos cuyos centros estén ubicados en la Comunitat Valenciana NO han de presentar la memoria anual indicada en el artículo 65.1 de la Ley 7/2022.